Inquietudes
¿Quiénes deben generar eventos de Recepción Electrónica?
Aplica a personas jurídicas y naturales que compran a crédito
Están obligados a generar eventos de Recepción Electrónica todos los contribuyentes, ya sean personas jurídicas o naturales, que adquieran bienes y/o servicios con condición de pago a crédito.
No importa si sos facturador electrónico o no
La obligación aplica sean o no facturadores electrónicos.
Por qué es requisito para deducir impuestos
Aplica a quienes necesiten deducir esos impuestos.
