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Inquietudes

¿Quiénes deben generar eventos de Recepción Electrónica?

Aplica a personas jurídicas y naturales que compran a crédito

Están obligados a generar eventos de Recepción Electrónica todos los contribuyentes, ya sean personas jurídicas o naturales, que adquieran bienes y/o servicios con condición de pago a crédito.

No importa si sos facturador electrónico o no

La obligación aplica sean o no facturadores electrónicos.

Por qué es requisito para deducir impuestos

Aplica a quienes necesiten deducir esos impuestos.

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